Ramón Hernández Peñasco, Socio–Director, LEGAL FIELD, CONSULTORES Y ABOGADOS
En muchos supuestos en los que se reclaman indemnizaciones por responsabilidad civil transcurre un tiempo prolongado entre el hecho causante de dicha responsabilidad y su exteriorización y consiguiente reclamación. Pensemos, por ejemplo, en los casos de negligencia profesional (abogados, médicos, administradores y directivos de sociedades, etc…), en los que la práctica nos demuestra que a veces transcurre un año, o más, entre el hecho causante de la responsabilidad y su reclamación.
Ante esta circunstancia, los seguros de responsabilidad civil en general y, en concreto, los que cubren la responsabilidad profesional de consejeros y directivos frente a la sociedad, accionistas o terceros (seguros D&O), han venido aplicando tres criterios básicos en esta materia:
1.- El criterio del hecho causante (action commited basis): la póliza cubrirá los daños ocasionados durante el periodo de vigencia de la póliza, con independencia de que su exteriorización y/o reclamación se produzca una vez extinguida dicha vigencia.
2.- El criterio de la exteriorización del daño (loss ocurrence basis): el seguro cubrirá aquellos daños que se han puesto de manifiesto durante la vigencia de la póliza, con independencia de cuándo se produjo el hecho causante y del momento en que se lleve a cabo la reclamación.
3.- El criterio de la reclamación (claim made basis): se consideran cubiertos por el seguro aquellos daños que sean objeto de reclamación durante la vigencia de la póliza, al margen de cuál fue el momento en que se produjo el hecho causante o la exteriorización del daño.
Nuestra Ley de Contrato de Seguro (artículo 73) acogió al primero de dichos criterios, al hacer referencia, como objeto del seguro de responsabilidad civil, al “nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados …..”.
No obstante, por influencia de la práctica extranjera dirigida a acotar temporalmente la responsabilidad de las aseguradoras, las pólizas fueron incluyendo cláusulas que seguían los criterios antes citados de loss ocurrence o, sobre todo, de claim made. En el caso concreto de los seguros D&O, se puede decir, de hecho, que los seguros han evolucionado claramente hacia el modelo claim made, muy habituales hoy en día.
La admisión de estas cláusulas por parte de los Tribunales españoles, sin embargo, no fue pacífica, y buena prueba de ello fueron las sentencias del Tribunal Supremo de 20 de marzo de 1991 y de 23 de abril de 1992, dictadas ambas en supuestos de seguro de responsabilidad civil profesional en el ámbito de la medicina, en cuyas pólizas se limitaba la responsabilidad de la aseguradora a aquellos siniestros ocurridos durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando las reclamaciones por daños se realizasen también durante la vigencia de la póliza. El Tribunal Supremo consideró lesivas dichas cláusulas para el asegurado, al excluir de cobertura los daños causados en fechas próximas a la expiración de la póliza, que los asegurados no habrían podido comunicar a la aseguradora por no haberse exteriorizado aún.
El reconocimiento expreso de las cláusulas claim made en nuestro país se produjo a raíz de la modificación del artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro, operada por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados, que declaró admisibles las cláusulas de limitación temporal de las pólizas de responsabilidad civil que se ajustasen a los siguientes criterios: (i) que la póliza cubra reclamaciones que se efectúen durante su vigencia por hechos ocurridos durante, al menos, un año antes a la entrada en vigor de la póliza (criterio de la cobertura retroactiva); (ii) que el seguro cubra siniestros producidos durante la vigencia de la póliza y cuya reclamación se efectúe durante, al menos, el año siguiente a la finalización de su vigencia (criterio de la eficacia prospectiva o de futuro).
Ya con la nueva redacción del artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro, el Tribunal Supremo ha ratificado la validez de las cláusulas claim made en sus sentencias de 14 de julio de 2003, 14 de febrero de 2011, 19 de junio de 2012, 18 de febrero de 2016 y 8 de marzo de 2018, así como en la muy reciente sentencia de 26 de abril de 2018. En esta última, el Tribunal Supremo aclara la deficiente redacción del artículo 73, en el sentido de que las cláusulas de delimitación temporal previstas en dicho precepto (cobertura retroactiva y prospectiva) son independientes entre sí, por lo que la validez de una de ellas no exige la inclusión de la otra en la misma póliza.
A la vista de lo expuesto, y dada la alta litigiosidad existente en la actualidad en relación con el seguro de responsabilidad civil en general, y el de D&O en particular, resulta necesario extremar las cautelas en la contratación sucesiva de pólizas que cubran estos riesgos, ante la posibilidad de que, por aplicación de distintos criterios temporales en las pólizas contratadas, se puedan producir “vacíos” de cobertura entre una póliza y la siguiente o supuestos de sobreseguro que exigirán cumplir con lo dispuesto en los artículos 31 y 32 de la Ley de Contrato de Seguro.