El Gobierno aprueba la prórroga de la moratoria concursal hasta el 31 de diciembre

El real decreto ley aprobado este viernes extiende hasta el 31 de diciembre la moratoria concursal. En concreto, se amplían las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores; se prorroga el plazo para renegociar los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pago (previos al concurso), y los convenios concursales; y se mantienen hasta el 31 de diciembre las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

El Consejo extraordinario se celebró con el fin de aprobar in extremis la prórroga de la moratoria concursal, que vence el 14 de marzo, y que se ampliará hasta 31 de diciembre. Los expertos consultados critican que se vuelva a llevar el problema hacia adelante en una moratoria que durará casi dos años. Según Economía, la extensión “proporcionará un periodo para abordar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas sin desencadenar una innecesaria pérdida de valor en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal, favoreciendo la acción temprana y los acuerdos de reestructuración con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo”.

Asimismo, el decreto también aumenta a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora que ya estaba habilitado en el primer trimestre, es decir, a abril. La norma también regula la posibilidad de que las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante 2021, siempre que se garantice la identidad del accionista que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías.

Aunque expresamente el decreto no nombre a la figura de los administradores concursales, éstos deben conocer el alcance de su responsabilidad en los diferentes concursos y disponer de un programa de seguros ajustado a sus necesidades.

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